• El jugador del Atlético de Madrid está sancionado sin jugar pero la FIFA le permitirá entrenar tras retirarle la cautelar.

Kieran Trippier no podrá jugar con el Atlético de Madrid hasta el 28 de febrero por la sanción impuesta por la FA. La FIFA ha confirmado la suspensión y le ha retirado las medidas cautelares, aunque a diferencia del organismo inglés, le permitirá entrenar. El caso está causando mucha confusión por el ir y venir de decisiones contradictorias. Y todavía queda, puesto que el Atlético recurrirá el caso al TAS.

MOTIVO Y PLAZO DE LA SANCIÓN DE LA FA

La Comisión Disciplinaria de la FA abre expediente a Kieran Trippier por una vulneración de la normativa de apuestas. En este caso se le acusa de proporcionar información a un tercero sobre su fichaje por el Atlético de Madrid antes de confirmarse. Dicha información fue utilizada posteriormente para apostar.

La FA sanciona al jugador el 21 de diciembre prohibiéndole jugar y entrenar durante 10 semanas. El organismo inglés decide que se fije la fecha de expiración exacta el 28 de febrero. La sanción es emitida a la FIFA para que la aplique de manera global y pueda afectar en todas las federaciones. Este mecanismo existe si tanto la norma como la sanción impuesta existen en el código de la FIFA, como es el caso.

La Comisión Disciplinaria de la FIFA recibe el expediente de la FA el 23 de diciembre y acepta la petición imponiendo la sanción a nivel global. Desde ese momento es efectiva la prohibición de jugar y entrenar para Kieran Trippier.

APELACIÓN Y CAUTELAR

El Atlético de Madrid solicita medidas cautelares al Comité de Apelación de la FIFA. El club entiende que es el principal afectado y que no se le ha tenido en cuenta en el proceso, por lo que no puede ejercer la defensa. El Atlético no recurre la sanción, sino que pide la cautelar. Pues la sanción sólo puede recurrirla el jugador por ser el sancionado. Trippier no lo hace por miedo a que el periodo de sanción se amplíe.

El Comité de Apelación de la FIFA concede las medidas cautelares a Trippier levantando temporalmente la prohibición de jugar y entrenar. El periodo de sanción se mantiene, puesto que la Comisión de Disciplina de la FA decidió darle un plazo cerrado al fijar una fecha. De haber impuesto una sanción de diez semanas, el jugador debería cumplirlas todas. Pero no es el caso. La sanción termina el 28 de febrero.

REACCIÓN DE LA FA

La FA se queja ante la FIFA el 5 de enero porque entiende que su decisión menoscaba la autoridad de las federaciones nacionales. Y al mismo tiempo solicita ante su Comisión de Disciplina una modificación de la sanción para que Trippier cumpla 10 semanas. Pero es rechazada porque se entiende que la expiración está fijada para el 28 de febrero y modificarla afecta al interés personal del jugador.

RETIRADA DE CAUTELAR

La Comisión de Apelación de la FIFA resuelve el 18 de enero que se retiran las medidas cautelares, por lo que la sanción de Trippier vuelve a ser efectiva a nivel mundial. Pero con una modificación: se le permitirá entrenar porque entiende que de no hacerlo no podría jugar a partir del 28 de febrero al no estar al nivel físico suficiente. Es decir, aunque no esté sancionado los efectos de la sanción seguirían afectando.